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Bolivia busca inversión extranjera sin resolver la seguridad jurídica

 

Henry Oporto(*)

 

 

El pasado 26 de octubre, el presidente Evo Morales ha intentado, en Nueva York, convencer a los ejecutivos de algunas grandes compañías internacionales de que Bolivia es un país confiable y con oportunidades y atractivos para la inversión extranjera, especialmente en energía y minería. Lo ha hecho en el marco del evento “Inversión en la nueva Bolivia”, organizado por el gobierno boliviano y con apoyo del Financial Times y otros grupos cabilderos.

 

La iniciativa es encomiable, como enorme es el desafío que encara el gobierno, habida cuenta la caída en picada de los precios de las materias primas, la desaceleración de la economía china, la lenta recuperación de los países desarrollados y la perspectiva de una subida de las tasas de interés en Estados Unidos. En un entorno externo mucho menos atractivo para la inversión extranjera, la tendencia actual es más bien de contracción de las inversiones en América Latina, con excepción quizá de los países de la Alianza del Pacífico que acaban de suscribir su adhesión al Acuerdo de Asociación Transpacífico.

 

“Vender” la idea de una Bolivia en la que vale la pena invertir, choca con la realidad de un país que durante varios años ha desalentado la inversión extranjera y ha generado desconfianza, por un ambiente de incertidumbre en las reglas de juego y la falta de garantías para el capital privado. Hablando de la situación particular de la minería, juega en contra del país un régimen tributario muy poco propicio a las inversiones. Los ejecutivos empresariales no pasan por alto que en materia de impuestos mineros, mediciones internacionales especializadas, como el ranking 2014 del Instituto Frazer, sitúan a Bolivia en el último lugar entre 122 países productores de minerales, con un régimen tributario que es catalogado como uno de los peores del mundo.

 

 

La situación en hidrocarburos es parcialmente diferente. El gobierno no sólo ha flexibilizado la legislación sectorial sino que hace esfuerzos por impulsar las inversiones petroleras, permitiendo que las empresas recuperen costos de inversión y deprecien más rápidamente activos, además de elevar su participación en las utilidades de las operaciones. Con todo, estas medidas no han sido suficientes para despertar un gran interés, desde las empresas, por realizar inversiones de gran magnitud, y sobre todo en actividades exploratorias, que el país necesita con mucho apremio.

 

…no se puede dudar del interés y la voluntad política por dejar atrás una etapa de sequía de inversiones privadas en Bolivia…”

 


Ahora mismo el gobierno ofrece aplicar un nuevo plan de incentivos a la exploración y explotación de gas natural, condensados y petróleo crudo, mediante la aprobación de una ley de promoción de inversiones hidrocarburíferas, y de manera de incrementar las reservas, aumentar los volúmenes de producción y subir la recaudación fiscal; todos ellos objetivos apremiantes, en un momento de fuerte disminución de la renta petrolera.

 

Así pues, no se puede dudar del interés y la voluntad política por dejar atrás una etapa de sequía de inversiones privadas en Bolivia. Pero no son pocos los obstáculos en el camino. En efecto, se ha conocido recién la Resolución de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM/DJU/RES/ ADM/12/215) de 26/06/2015, que revierte al Estado diecisiete Autorizaciones Transitorias Especiales (ATEs), registradas a nombre de la empresa minera ALCIRA S.A., al declarar probados los cargos de una presunta transgresión de la Constitución y la Ley de Minería, en la transferencia del paquete accionario de dicha empresa a inversionistas chinos adscritos a la Cámara de Empresas Chinas en Bolivia.

 

La justificación de esta reversión es que siendo los recursos naturales de propiedad del pueblo boliviano y, por tanto, inalienables, las áreas mineras involucradas en la citada transacción comercial no pueden ser objeto de transferencia entre personas jurídicas. Empero, la AJAM pasa por alto que la empresa ALCIRA S.A. (una sociedad por acciones) ha transferido acciones que conforman el capital social de la empresa, lo que es distinto de transferir los derechos sobre las referidas áreas, los mismos que, se entiende, siguen siendo suyos. La decisión de la AJAM tal vez se explique más por las presiones de grupos de interés que quieren pescar en río revuelto que por razones estrictamente jurídicas y constitucionales.

 

Más allá de las empresas afectadas, la actuación de la autoridad minera tiene implicaciones considerables, y no únicamente para el sector minero sino también para las inversiones en otros sectores de recursos naturales como hidrocarburos, telecomunicaciones, forestal y otros, y que potencialmente pueden ser afectados por los alcances de la Resolución de la AJAM.

 

En Bolivia son innumerables las empresas (e incluso cooperativas) relacionadas con derechos de aprovechamiento de recursos naturales, sean estos mineros, petroleros u otros, que por diversos motivos transfieren sus acciones, cuotas de capital o certificados de participación (en el caso de cooperativas).

 

El precedente funesto que sienta la Resolución AJAM/DJU/RES/ ADM/12/215 es que todas esas transferencias, y otras que puedan darse en el futuro, son susceptibles de ser declaradas jurídicamente nulas y las áreas concernidas en tales transacciones comerciales pasibles de ser revertidas al Estado. De este modo, ninguna persona jurídica (S.A., S.R.L. o cooperativa), que sea titular de derechos mineros, petroleros o de otra índole, podría transferir acciones o cuotas de capital sin el temor de incurrir en una eventual causal de reversión de tales derechos.

 

El gobierno no sólo ha flexibilizado la legislación sectorial sino que hace esfuerzos por impulsar las inversiones petroleras…”

 



(*)Sociólogo, Investigador de la Fundación Pazos Kanki, experto en temas de Desarrollo y Democracia.