El análisis de la nueva normativa mineraha permitido observar la delicada situaciónde lo que debería ser el tránsito de una economía de mercado a una economía de Estado,en una coyuntura global donde el capital internacional no ha dejado de rayar la cancha especialmente en aquellas economías que, como la boliviana, ostentan importantes recursos naturalesque deben ser sometidos a sofisticadas técnicas de exploracióny explotación.

###



El análisis de la nueva normativa mineraha permitido observar la delicada situaciónde lo que debería ser el tránsito de una economía de mercado a una economía de Estado,en una coyuntura global donde el capital internacional no ha dejado de rayar la cancha especialmente en aquellas economías que, como la boliviana, ostentan importantes recursos naturalesque deben ser sometidos a sofisticadas técnicas de exploracióny explotación. Ha sido un análisis que ha mostrado contradicciones,limitaciones y un contexto donde la cultura de la participación no ha sido aun institucionalizaday donde, además, persisten viejas lógicas prebendalesque estarían desnaturalizando derechos y expectativas

Vesna Marinkovic U.

 

El conversatorio organizado por ENERGÍABolivia sobre el proyecto de la nueva ley minera en el país, mostró que la tendencia va por atomizar el rol del Estado limitándolo a un papel de simple fiscalizador y que, en ese marco, será difícil establecer una institucionalidad estatal que priorice la consulta previa y, además, contribuya a eliminar situaciones prebendales durante los procesos de explotación de recursos naturales ligados a la minería.

¿Qué quiere decir esto? Que en la dinámica de la denominada consulta previa, la lógica iría por ofrecer apresuradamente el monto de compensación sin institucionalizar una discusión más técnica y orgánica sobre cuáles deben ser los impactos de esa actividad. De esta forma, llegaría primero la “tentación” antes que la discusión, debido, al parecer, a una débil institucionalidad estatal. En estas condiciones, dice Miguel Vargas, abogado del CEJIS, la tendencia que tenderá a mantenerse, como ya ocurre en algunos casos, será la prebenda, antes del consenso.

 

...la lógica iría por ofrecer apresuradamente el monto de compensaciónsin institucionalizar una discusión más técnica y orgánica
Según Vargas, el nuevo proyecto de ley minera no facultaría procesos de consulta con antelación entre las empresas dedicadas a la explotación de recursos mineros, el Estado, y los representantes de las comunidades donde se debe explotar. En su criterio, prevalecería la idea de que “mientras más contaminación existe, hay, por detrás, un mejor pagador y que si bien esta no es una tendencia generalizada, tampoco se la puede invisibilizar”.

Él aseguró que por el momento no se cumple el carácter previo de la consulta y ahí surge lo prebendal. Al parecer, resulta más fácil institucionalizar “la coima” entre los miembros de las comunidades donde se debe explotar, que establecer procesos permanentes de consulta sobre la afectación o no de una actividad exploratoria sobre el territorio de los pueblos indígenas, su derecho al uso y gestión de los recursos naturales que existen en ese territorio y, en general, sobre sus derechos colectivos como lo es, precisamente, la consulta previa.

SE ACEPTA O SE EXPROPIA

Cuando hablamos de la afectación de los recursos naturales estratégicos no renovables, hablamos de que el proyecto antepone la explotación de minerales al aprovechamiento de recursos como el agua por ejemplo, y otros que puedan existir en el territorio, acotó Vargas durante el coloquio que congregó a miembros del directorio de CEJIS.

Para Miguel Vargas, el actual proyecto de ley minera otorga derecho preferente a la actividad minera por encima de otros derechos reconocidos por la CPE y es contrario a ella en la medida que la gestión de los recursos naturales tiene un derecho preferente para los indígenas y este derecho quedaría vulnerado, junto a los impactos que generaría su aplicación, después de varias conquistas que se habrían alcanzado al respecto y que estarían en la propia Constitución

“Los territorios indígenas quedan sujetos a sufrir procesos de expropiación de aquellos terrenos donde debe ejecutarse un proceso de explotación minera lo cual fácilmente podrían incidir en la gestión del uso de agua como de superficie del territorio”, dijo al remarcar que el anteproyecto señala que se puede usar el agua que esté dentro del área de explotación.

Según Vargas “esto supondría quitar el derecho al uso del agua a las comunidades y que en caso de no acuerdo, existiría la posibilidad de expropiación. O se acepta o se expropia, y esto está ligado a los procesos de consulta, pero el procedimiento de consulta en este marco es limitativo pues no reconoce que la minería, por su alto impacto, puede afectar al conjunto de los territorios indígenas y no solamente a aquellos donde físicamente esté el proyecto”.

En su criterio esto supondría una consulta directa a las comunidades expresamente vinculadas a la afectación y no al conjunto de comunidades involucradas territorialmente en procesos de impacto ambiental por la actividad minera, como sería el caso de acuíferos y bosques que formarían parte de una zona común.

“Está, además, la posibilidad de que al concluir el proceso si no se llega a un acuerdo, el Ministerio de Minería terminaría quitando potestad a las comunidades sobre la gestión de su territorio y su futuro. Solo darían el visto bueno. En este marco, el procedimiento de consulta se convierte en algo limitativo. La única alternativa sería dar el visto bueno”, dijo.

TRASLADAR EL ESQUEMA AL ORIENTE

Según el director de CEJIS, Hernán Ávila, el proyecto de ley minera contiene, al mismo tiempo, la visión de trasladar hacia el Oriente, todo el esquema de afectación e impacto ambiental que ha supuesto la minería en Occidente, hacia las tierras bajas del país, con graves consecuencias para la subsistencia humana, la flora y la fauna.

Sostuvo que de darse esta situación, que permitiría el fortalecimiento de la minería a cielo abierto, se estaría frente a la eventualidad de contaminar todas las fuentes de agua que abastecen la demanda hídrica del departamento de Santa Cruz, al aprobar la explotación minera en las denominadas áreas protegidas.

En esta línea, Ávila sostuvo que se podría estar hablando de un serio impacto no sólo a las áreas rurales sino también a las zonas urbanas del Oriente, por la contaminación de importantes fuentes de agua, si es que se llegara a concesionar áreas mineras en el Parque Amboró.

Piensa que de proseguir esta línea, la ley minera estaría por encima de otras actividades como la agrícola por ejemplo y se traduciría en un instrumento “violatorio” de la constitucionalidad vigente.

SIN PARTICIPACIÓN

Dévora Días Araujo, con 17 años de trabajo en CEJIS, en el área agraria y asesoramiento a pueblos indígenas, manifestó su preocupación por la forma “poco participativa” en la que se estaría pretendiendo aprobar la nueva ley minera.

“Nuevamente se está tratando de aprobar una ley que ha sido elaborada sin la participación de todos los actores involucrados como, por ejemplo, las comunidades y territorios indígenas donde hay un sinnúmero de concesiones mineras“, dijo.

Sostuvo que en cuanto al territorio mismo, una vez más se está atentando contra los derechos de propiedad colectiva de estos y que los recursos naturales que estarían dentro, se verán afectados por la actividad minera asegurando que, por otro lado, los beneficios que puedan quedar para los pueblos indígenas serían casi inexistentes.

“Más serían los perjuicios que los beneficios, entonces, en cuanto a ese derecho logrado vemos que se retrocede y no es de la única forma, antes era con las auditorías a los territorios, la modificación a la ley agraria, ahora sería con este nuevo proyecto de ley”, afirmó.

EL REDUCIDO ROL DEL ESTADO

La lectura de los participantes a este coloquio habló de una “atomización del rol del estado”, en la medida que desde la perspectiva de la nueva ley minera este tendría un rol meramente fiscalizador.

Vargas complementó este criterio asegurando que las empresas del Estado son empresas que tienen una producción aislada respecto de la magnitud de las operaciones cooperativistas, y que en esta dirección el rol de la Comibol se limitará a firmar contratos de riesgo compartido con las cooperativas.

Algo más, acotó que las empresas estatales, al no tener tecnología, tenderán a favorecer aun más al sector cooperativista y a las empresas extranjeras. También cuestionó que se discuta la gestión de los recursos minerales solamente con un sector minero cuando, desde su punto de vista, es un tema que debe vincular a la totalidad de la población pues tiene relación con otros tipos de derechos como el acceso al uso del agua y, entre otros, a los bosques. En este marco, coincidieron en que su tratamiento y aprobación, bajo los parámetros considerados, podrían generar mucho conflicto en el país y que ameritaría una mayor discusión al respecto.