Lo que está ocurriendo en Cataluña estos días habla no solo del complejo entramado normativo que implica el modelo autonómico y su implementación. Habla, fundamentalmente, de la compleja y siempre accidentada ruta que ha tenido el Estado en los distintos momentos de la historia de la humanidad.

Me animaría a decir, citando a Lechner, que la idea liberal del poder (estatal) como poder solamente coercitivo y no como poder creativo (...) ha despojado a la sociedad de aquella instancia- el Estado-(separada pero “representativa) por medio de la cual puede pensarse a sí misma en tanto totalidad y actuar sobre sus divisiones. ¿Atomizado este Estado qué nos queda?

¿Un conglomerado de islas pequeñas con pequeños códigos alrededor de un mercado gigante, mirando la muerte de un Estado incompetente para integrar? Probablemente corresponde ver hasta qué punto la idea de un Estado autonómico puede no caer en la misma ineficiencia crónica de los Estados unitarios que criticamos por su inoperancia, por su corrupción y segmentación pues, al fin y al cabo, no dejan de ser Estado.

En efecto, los Estados Autonómicos son más pequeños, tienen sus propios códigos -no vamos a decir puros- pero, son Estados al fin de cuentas.  Y, como todos los Estados, tienen el rol primario de integrar lo que han decidido integrar, de potenciar el todo en función de todos los que quedan, es decir, acometer eficientemente muchas de las tareas que el Estado Unitario ha dejado pendientes en todo este tiempo que tiene de vida.

Volviendo a la enmarañada Cataluña, vemos que desde el punto de vista de la Constitución española de 1978, las autonomías son un modelo que, a partir de la organización territorial del poder, se encuentran a medio camino del Estado unitario y del Estado federal. Ese modelo ha recibido el nombre, tanto en la doctrina como entre los propios agentes políticos, de Estado Autonómico o Estado de las Autonomías Territoriales, aunque ninguna norma constitucional utilice esta calificación, como señala Juan José Solazabal Echavarría, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Madrid (Marinkovic: 2009).

Por tanto, el modelo de Estado autonómico viene a ser un Estado descentralizado política y administrativamente donde coexiste, por un lado, una organización política central o general con jurisdicción sobre todo el territorio nacional; y por otro lado, un nivel de autoridades territoriales con sus correspondientes parlamentos y gobiernos. En este marco, el modelo autonómico esboza una mayor distancia del Estado nacional, que la sugerida por la descentralización administrativa, pero, no ha llegado a resolver los desacuerdos explícitos e implícitos del Estado español. 

El modelo autonómico español ha implicado, en la práctica, no pocos problemas de interacción a nivel de competencias entre lo local y lo nacional y Cataluña está para contarlo, a partir de un armazón institucional denso y complejo que grafica, contundentemente, una sociedad en conflicto frente a sus formas organizacionales. Sin embargo, no se trata de solazarnos con el desorden o complejidad de las normas y sus contradicciones, sino de apuntalar un paraguas institucional que nos permita construir un orden para vivir de manera menos liosa, si cabe, y funcional incluso al avance tecnológico en curso. 

En este marco, problematizar las categorías conceptuales con las que hemos venido construyendo nuestras sociedades, podría ser un primer intento para comprender la complejidad de los caminos oblicuos que debemos recorrer. El segundo paso sería abandonar la ruta de nuestras ineficiencias constantes como miembros de una sociedad que, además, se congratula en la confrontación, como algo prioritario para reinar, sobre la nada, después de la guerra.

FUENTE: EL DÍA 
AUTORA: VESNA MARINKOVIC