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El Decreto Supremo 3006 autoriza excepcionalmente a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) la compra de bienes a medio uso y bienes inmuebles de propiedad de sus empresas filiales y subsidiarias, siempre y cuando estos bienes estén destinados a optimizar las operaciones y costos dentro de la cadena productiva de los hidrocarburos o que sean necesarios para el funcionamiento y continuidad del servicio.


La normativa, que fue aprobada la pasada semana, establece que los bienes a medio uso podrán ser “cosas materiales e inmateriales, bienes muebles, incluyendo de manera enunciativa y no limitativa, materias primas, productos terminados o semiterminados, maquinarias, herramientas, equipos, bienes a medio uso, entre otros”.

Se pidió mayor información a YPFB sobre la clase de bienes o artículos que adquirirán, pero hasta el cierre de la presente edición, a las 21:00, no hubo ninguna respuesta.

La responsabilidad de las compras autorizadas por la norma, desde el inicio hasta la conclusión, son de responsabilidad de la Máxima Autoridad Ejecutiva de YPFB.

Bienes inmuebles

De la misma forma, el DS 3006 autoriza la compra de bienes inmuebles de sus filiales y subsidiarias, referidas a terrenos y edificaciones, cuyo uso se encuentren directamente relacionados con la actividad de la empresa filial o subsidiaria.

El decreto supremo se basa en la Ley 3058, que establece que el Órgano Ejecutivo debe garantizar la atención del mercado interno de manera permanente e ininterrumpida, considerando el consumo doméstico, comercial e industrial y el transporte

FUENTE: EL DEBER