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CONTRATOS PARA LA EXPLORACIÓN DE HIDROCARBUROS EN BOLIVIA
Las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos generan importantes recursos económicos para el país a través de la renta. Uno de los instrumentos que norma esas operaciones son los contratos que se traducen en el marco jurídico para su puesta en marcha.

 

1 ¿QUÉ ES UN CONTRATO?

 

Es un instrumento por el cual un Estado concede la exploración y/o explotación de petróleo o gas natural estableciendo derechos y obligaciones para cada una de las partes. Los contratos responden a un marco legal vigente en el Estado que los elabora; por ejemplo, en Bolivia, el marco jurídico está normado por la Ley de Hidrocarburos No 3058, del año 2005 y por la Constitución Política del Estado, aprobada en febrero de 2009 y también alcanza a las actividades extractivas de gas.






 

 

 

2 CONTRATO DE PRODUCCIÓN COMPARTIDA

 

Es cuando el Estado suscribe un contrato con una empresa petrolera privada sin transferirle el derecho propietario; la empresa tiene una participación en la producción de hidrocarburos que explota y tanto el Estado como la empresa pueden vender esa producción. La empresa privada, una vez pagadas las regalías, generalmente puede recuperar sus costos de operación y capital antes de la distribución de la producción con el Estado.







 

3 CONTRATO DE SERVICIO PURO

 

Una compañía es contratada para realizar las operaciones hidrocarburíferas a cambio de un pago fijo por el volumen producido de hidrocarburos; en algunos casos, este pago puede ser recibido en producción. El pago permite a las empresas cubrir costos y, además, percibir un margen de utilidad acordado.






 

 

 

4 CONTRATOS DE SERVICIO CON RIESGO

 

La compañía extranjera asume todo el riesgo técnico/ financiero de la exploración, desarrollo y producción.
Si la exploración no es exitosa, el contrato termina sin reembolso para la compañía. Si la exploración es exitosa, el capital invertido por la compañía contratada es reembolsado con intereses, junto con un pago en efectivo por el volumen producido. La administración de la producción podrá ser realizada por la empresa privada o por la empresa petrolera nacional.

 

 

5 CONTRATOS PETROLEROS EN BOLIVIA (1927-1990)

 

• Entre 1927 – 1937, la Standard Oil Company realizó operaciones de exploración y explotación, bajo el sistema de concesiones.
• En 1936 se fundó la empresa estatal Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB).
• En 1937 se nacionalizó la Standard Oil Company y sus concesiones fueron revertidas al Estado.
• Entre 1937 – 1956, la empresa estatal fue la única operadora en el sector de hidrocarburos.
• En 1972 se puso en vigencia un sistema contractual bajo la modalidad de Contratos de Operación.
• En 1990, bajo la Ley de Hidrocarburos No 1194, se establecieron las modalidades de Contratos de Operación y Contratos de Asociación.





 

 

6 CONTRATOS PETROLEROS EN BOLIVIA (1996-2009)

 

En 1996 se promulgó la Ley de Hidrocarburos No 1689, que estableció la figura única de Contratos de Riesgo Compartido. En 2005 se promulgó la Ley de Hidrocarburos No 3058, que estableció tres modalidades de contratos petroleros:
a) Producción Compartida
b) Operación
c) Asociación
En 2009 se aprobó la nueva Constitución Política del Estado, que en su artículo 362 establece los Contratos de Servicio como única modalidad de contrato petrolero.





 

 

7 PRECISIONES

 

En Bolivia entre 1996-2009 las diferentes normativas jurídicas establecieron que: en los contratos de Producción Compartida, la empresa privada ejercía la propiedad de los hidrocarburos producidos; en los de Operación, toda la propiedad pasó a pertenecer al Estado boliviano y, en los de Asociación, esta propiedad es reforzada como mandato constitucional, dejando en manos de la estatal petrolera el control de toda la cadena de valor del sector de hidrocarburos, que se mantiene en la actualidad en el marco de los Contratos de Servicio.


 

 

Fuente: www.jubileo.org.bo